
Cortés desistió de ir a juicio y acordó pagar 900.000 dólares tras reclamo por habilitación comercial
El intendente aseguró que se busca “evitar una condena mayor”. El privado acusó que, en 2018, la comuna le negó la renovación de su habilitación comercial con resoluciones “ilegítimas”.
El presunto mal desempeño de la comuna para evitar la renovación de una habilitación comercial, derivó en un reclamo por 2.635.565 dólares. El caso, que comenzó en 2018, quedó al descubierto mediante una resolución de intendencia que refiere a un acuerdo al que llegó la gestión Cortés con el particular, a pesar de los fundamentos esgrimidos, “para evitar una condena mayor”.
El acuerdo se firmó el 2 de octubre de 2024 en el Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC). Hasta ese lugar llegó un reclamo que había iniciado la firma Navtour SA, con sede en Mendoza, en concepto por una deuda reclamada al Municipio de Bariloche por daños y perjuicios.
La empresa llevó el caso a la justicia argumentando que las resoluciones de Intendencia que impidieron la renovación de la habilitación comercial de una estación de servicio eran “ilegítimas”. Lo mismo entendieron los jueces de la Cámara de Apelaciones.
Sin embargo, y a pesar de que la decisión pudo haber sido llevada a juicio en defensa de los intereses que el Municipio presentó en los años anteriores, la actual gestión propuso pagarle a Navtour SA un total de 900.000 dólares, sin detalle respecto al cálculo, pero en ocho cuotas iguales y consecutivas de 112.500 dólares. Además, se hizo cargo del 10% de “honorarios profesionales”, entre los que fueron incluidos los pagos a tres abogados de la Asesoría Letrada del Municipio.
Este martes (8/4) el intendente Walter Cortés ratificó el acuerdo y autorizó a la Dirección de Contaduría General a liberar el primero de los pagos. De aquí en más tendrá que repetir la operación bancaria del 1 al 10 de cada mes. Al hacer el cálculo en pesos la suma podría crecer ya que cada cuota se determina según el tipo de cambio del momento (según la cotización del Banco Nación).
El reclamo
La empresa Navtour SA impugnó varias disposiciones administrativas dictadas por la Municipalidad que declaraban la baja de la habilitación comercial de su estación de servicio, que había expirado en 2016, pero aún estaba en proceso de renovación.
El demandante argumentó que no se le notificó correctamente sobre la baja y que la caducidad del trámite requería una intimación previa, que no fue realizada.
Entretanto, desde el Municipio se defendió la legalidad de las disposiciones y argumentó que la baja de la habilitación fue válida debido a la falta de actividad comercial de la empresa y la omisión de presentar documentación esencial para la renovación. Además, sostuvo que las notificaciones fueron válidas y que el recurso de nulidad fue presentado fuera de plazo.
Los jueces consideraron que la Disposición 144-DIG-2018, que había dado de baja la habilitación, fue “inaplicable” porque la habilitación ya había expirado y no estaba en vigor al momento de dictarse la disposición. Además, destacaron que la caducidad del trámite no fue válida debido a la falta de la intimación requerida por la normativa municipal. Por tanto, la Cámara dejó sin efecto las disposiciones impugnadas por la empresa y ordenó que se continúe con el procedimiento administrativo desde el estado anterior a esos actos, aunque sin pronunciarse sobre el fondo del asunto.