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Se lastimó empujando una zorra y acudió a la justicia para que se reconozca el accidente laboral

Bariloche: Operario de supermercado mayorista sufrió un siniestro cuando reponía mercadería. La ART deberá indemnizarlo.

Se lastimó empujando una zorra y acudió a la justicia para que se reconozca el accidente laboral

Bariloche: Operario de supermercado mayorista sufrió un siniestro cuando reponía mercadería. La ART deberá indemnizarlo.

Un  trabajador que  se desempeñaba en el supermercado mayorista Diarco, cumpliendo tareas de repositor, sufrió un accidente que lo incapacitó para continuar con sus tareas habituales. Su trabajo cotidiano comprendía la reposición de góndolas en altura y para ello era habitual la manipulación de bultos cerrados de gran peso -aproximadamente 20 kg- de lavandina, harina, gaseosas, bebidas alcohólicas, entre otros. Durante un juicio se pudo saber que el operario utilizaba una "zorra" para descargar bultos y proceder al armado de pedidos mayoristas.

Todas sus tareas requerían de movimientos repetitivos y posiciones forzadas de los miembros superiores. En una de sus jornadas laborales, mientras utilizaba la zorra de carga, se trabaron las ruedas en forma brusca al punto que, cuando se frenó, debió soltarla de inmediato. En ese momento sintió un "tirón" en el hombro derecho e inmediatamente comenzó a sentir intenso dolor. La zona también empezó a tomar temperatura.

Luego de este incidente, recibió la atención medica necesaria y comenzó la tramitación ante la ART además de continuar con todo el tratamiento médico necesario para abordar su dolencia. El informe médico determinó que había sufrido un “lesión de supraespinoso de hombro derecho", aunque la comisión médica que lo revisó consideró que la condición de salud que presentaba no tenía relación con el accidente en el supermercado.

Luego de agotar toda la vía administrativa, sin resultado, el hombre acudió a la demanda judicial que fue resuelta por la Cámara Laboral Primera. Los jueces consideraron que existe una relación directa "de causa efecto entre la dolencia del trabajador y el accidente como fuera ocurrido". Para llegar a esa conclusión tuvieron en cuenta las pericias ordenadas por el Tribunal y, por otro lado, la constancia del examen pre ocupacional, del cual surge que cuando ingresó a la empresa se encontraba apto, y que las preexistencias que padecía no lo inhabilitan para la tarea ni guardaban relación alguna con la dolencia que le aqueja.

En consecuencia la Cámara Laboral Primera condenó a "Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A." a indemnizar la Incapacidad Laboral sufrida por el trabajador, considerada en un porcentaje del 21.48%,  con la suma resultante de la liquidación, más los intereses que la legislación prevé.

*Con información del Poder Judicial

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