
¿Hasta qué edad se debe pagar la cuota alimentaria? La Justicia resuelve a favor de una joven universitaria
Una joven universitaria de El Bolsón podrá seguir contando con la cuota alimentaria de su padre hasta los 25 años. La Justicia ratificó el pago y aplicó perspectiva de género.
En un reciente fallo judicial, la Justicia de El Bolsón reafirmó el derecho de una joven universitaria a continuar recibiendo la cuota alimentaria de su padre hasta los 25 años, en el marco de su formación profesional sostenida. La decisión no solo se basó en el alto rendimiento académico de la joven, sino también en un enfoque de género que reconoció la figura materna como cuidadora principal, desafiando las intentonas del padre de desvincularla del manejo de la cuota alimentaria.
La joven, oriunda de El Bolsón y actualmente de 22 años, se encuentra cursando la carrera de Ingeniería Química en la universidad pública. Ingresó a la carrera en 2020, y a la fecha ha aprobado 17 materias. Con un promedio de más de siete horas diarias de estudio, su ritmo académico es exigente, lo que le impide trabajar. A pesar de su dedicación, la joven vive sola en otra provincia, enfrenta gastos elevados de transporte, salud, materiales y alimentación, y se encuentra bajo el apoyo económico de su madre, quien sigue organizando su vida a la distancia.
El pedido del padre y la respuesta judicial
El conflicto surgió cuando el padre de la joven solicitó la suspensión de la cuota alimentaria, argumentando que la joven había alcanzado la edad de 21 años, que según él, marca el límite de la obligación alimentaria. El hombre, con ingresos cercanos a los dos millones de pesos mensuales, propuso que los pagos se depositaran en una cuenta bancaria a nombre de su hija o en una cuenta judicial, pero no en la cuenta de su ex esposa, con quien ya no convivía.
El juzgado, sin embargo, desestimó la solicitud y ratificó que la cuota alimentaria debe mantenerse hasta los 25 años cuando se demuestra una formación profesional continua, tal como establece el Código Civil y Comercial. Asimismo, se reafirmó que la madre de la joven, pese a no convivir con ella, puede seguir siendo la encargada de recibir la cuota.
El fallo no se limitó solo a cuestiones económicas. La jueza también abordó un aspecto crucial: el reconocimiento del trabajo de cuidado que la madre ha ejercido de manera histórica. El planteo del padre de excluir a la madre del manejo de la cuota alimentaria fue interpretado por la justicia como una práctica que invisibiliza la carga de trabajo y responsabilidad que históricamente recae sobre las mujeres. La jueza citó las normativas internacionales, como la Convención sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, y el acuerdo del Superior Tribunal de Justicia, que exige incorporar perspectiva de género en los fallos judiciales que involucren cuestiones de cuidado.
Finalmente, el juzgado multifueros de El Bolsón resolvió mantener la cuota alimentaria hasta los 25 años para garantizar la continuidad de la formación académica de la joven. Con este fallo, la justicia no solo protegió el derecho a la educación, sino que también destacó la importancia de reconocer y valorar el trabajo de cuidado, en un contexto que promueve una igualdad de género más equitativa. La demanda del padre fue rechazada en todos sus términos, sentando un precedente importante en el ámbito judicial respecto a la educación y los derechos de las personas adultas jóvenes.