
Ingenieros y arquitectos exigen mayor rigor en el registro de consultores ambientales en Bariloche
El CPIT y el Colegio de Arquitectos de Bariloche alertaron sobre la falta de controles en la habilitación de consultores ambientales y presentaron una propuesta para modificar la normativa vigente. Advierten que la omisión de requisitos profesionales expone a la ciudad a riesgos ambientales severos y evitables.
Los representantes del Consejo Profesional de Ingenieros (CPIT) y del Colegio de Arquitectos de Bariloche (CARN seccional 3) alertaron que actualmente el Municipio admite en el Registro de Consultores Ambientales a personas “que de manera liviana y tangencial pretenden erigirse con una experticia e incumbencia profesional en materia de medio ambiente de la cual carecen”, situación que “genera una exposición colectiva inadmisible a futuras concreciones de riesgos ambientales”.
Lo hicieron en una nota enviada al Concejo Municipal, donde advirtieron que “las catástrofes ambientales suelen no avisar; pero sí pueden predecirse cuando el obrar, humano-por comisión u omisión está caracterizado y dominado por la apreciación e interpretación antojadizamente superficial del acontecer natural”. No exigir documentación que acredite la incumbencia, además, “constituye una inaceptable violación de los deberes del funcionario público”, apuntaron.
Lo cierto es que en la Ordenanza vigente desde 1989 no hay mención explícita a las incumbencia para formar parte del registro, pero para estas instituciones no exigirlas “es una excusa inentendible, absurda e irrazonable que sólo acarrea la generación de riesgos ambientales gravísimos, concretos y de alta potencialidad”.
Con esta preocupación, elevaron a los ediles una propuesta para modificar la normativa en materia de derecho ambiental, fijando como requisito indispensable para integrar el Registro de Consultores Ambientales contar con un título profesional o técnico que tenga establecidas las incumbencias profesionales que otorguen idoneidad, con especificidad a la naturaleza y características puntuales de la obra para la cual se emita un determinado Estudio de Impacto Ambiental.
Fija, además, la documentación que se deberá acreditar en cada caso y establece que todo Cuestionario Preliminar de Efectos Ambientales (CPEA), Informe de Sensibilidad Ambiental (ISA), Informe de Factibilidad Ambiental (IFA), Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y/o la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) deberá ser confeccionado por un profesional habilitado bajo la figura del coordinador.
Los concejales tomaron conocimiento de la propuesta el miércoles 14 de mayo en Comisión Legislativa, quedando ahora a criterio de cada bloque tomar la propuesta para formalizarla en un proyecto de ordenanza