El Gobierno desreguló los servicios de ómnibus de media y larga distancia
La nueva norma se publicó este lunes en el Boletín Oficial. Cómo funcionará y qué beneficios traerá al sector.
El Gobierno de Javier Milei continúa con su política de desregulación en varias áreas de la economía. Este lunes a primera hora se publicó un decreto en el Boletín Oficial por el cual se desregulan los servicios del Transporte Automotor de Pasajeros de media y larga distancia, informaron fuentes oficiales.
La medida, impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado a cargo de Federico Sturzenegger, genera beneficios para todos los actores del sector.
Entre ellos se incluye la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros, el libre establecimiento de recorridos, horarios, precios y duración de los servicios por parte de los transportistas.
De esta forma, la nueva norma reemplaza a la actual, con más de 30 años de antigüedad. El objetivo, indicó la cartera de gobierno, es lograr la liberalización y modernización del transporte automotor de pasajeros y su adaptación a la dinámica de transporte actual.
Por eso, el Registro Nacional del Transporte de pasajeros será de acceso público, sin costo y online "para una mayor comodidad del transportista, el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos y una mayor transparencia". En tanto, las empresas y transportistas que ya estaban registradas no tendrán que hacerlo nuevamente.
Sí deberán registrarse las nuevas que, una vez inscriptas, obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de 5 días post inscripción, aplicando de esta forma la nueva metodología de “Silencio Positivo” ya implementada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
Es decir que, una vez pasados los cinco días y llegado el momento de vencimiento del plazo administrativo de un trámite, la inscripción se concede y autoriza para "agilizar el procedimiento y no perjudicar al usuario".
A partir de esta norma se podrán establecer libremente los recorridos, vehículos, horarios, precios, duración de los servicios, e incluso los puntos de ascenso y descenso de pasajeros que estén autorizados por la jurisdicción local respectiva.
Según el ministerio, esto generará "una mayor oferta de servicios y competencia de precios que beneficiará tanto al usuario como a las empresas y transportistas".
De todas formas, las empresas tendrán que informar la capacidad de transporte, detallando cantidad y tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, la nómina de conductores a asignar y la información relativa a las licencias de conducir de los mismos, la periodicidad de los servicios declarados, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje.
Además, aclararon que no se podrán ofrecer al público servicios que no se encuentren informados en el Registro Nacional del Transporte de pasajeros.
La autoridad de aplicación de esta medida será la Secretaría de Transporte de la Nación del Ministerio de Economía y comenzará a implementarse en 60 días, cuando se realicen las actualizaciones tecnológicas necesarias.