Confirman la nulidad de la sentencia sobre tierras para la Comunidad Buenuleo
La Cámara Federal de General Roca rechazó la apelación de la Comunidad Mapuche Buenuleo y confirmó la nulidad del fallo que reconocía su ocupación sobre tierras en disputa.
La Cámara Federal de General Roca ratificó la nulidad de la sentencia emitida en abril de 2021, que había reconocido parcialmente los derechos de la Comunidad Mapuche Buenuleo sobre un territorio en disputa en Bariloche. En aquel fallo, se había ordenado al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) realizar la mensura de las tierras y avanzar en la instrumentación de la propiedad comunitaria, en base a la resolución 90/2020 que reconocía la ocupación tradicional del territorio.
Sin embargo, este fallo fue declarado nulo tras una apelación que reveló vicios en el proceso administrativo del INAI. La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal había determinado que no se garantizó el derecho de defensa de Emilio Friedrich, un tercero afectado que no fue consultado antes de emitir la resolución. Esto generó la imposibilidad de ejecutar la sentencia, ya que se fundamentaba en un acto administrativo cuya validez fue cuestionada judicialmente.
La comunidad Buenuleo, por su parte, argumentó que una nueva resolución (151/2023) del INAI, dictada en junio de 2023, ratificaba los derechos de la comunidad sobre el territorio en conflicto. Este nuevo acto administrativo, según la comunidad, corregía las irregularidades del proceso anterior. Sin embargo, los jueces consideraron que la nueva resolución no resolvía los problemas de fondo del procedimiento inicial y rechazaron la apelación.
El fallo tiene implicaciones importantes tanto para la comunidad mapuche como para el INAI, que deberá revisar los pasos seguidos en la gestión de los reclamos territoriales. Para la comunidad Buenuleo, el caso representa un nuevo obstáculo en su lucha por el reconocimiento de sus derechos territoriales históricos, mientras que para Friedrich, el fallo reafirma su demanda de participación en el proceso.
La sentencia también plantea interrogantes sobre los procedimientos administrativos vinculados a la Ley 26.160, que establece el relevamiento de tierras ocupadas por comunidades indígenas. La falta de participación de terceros involucrados sigue siendo un punto central en las controversias judiciales sobre el reconocimiento de territorios ancestrales.
El tribunal, compuesto por los jueces Mariano Roberto Lozano, Richar Fernando Gallego y Guillermo Di Cola, resolvió rechazar la apelación subsidiaria de la comunidad mapuche, imponiendo además las costas del proceso a la recurrente. El fallo reafirma la necesidad de garantizar los derechos de todos los involucrados en los conflictos territoriales y subraya los errores de procedimiento que llevaron a la nulidad de la sentencia original.